¡¡¡AVISO!!!
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Os comunicamos un nuevo servicio ofrecido por la Agencia Tributaria mediante el cual los contribuyentes pueden suscribirse a un servicio de avisos mediante el cual, comunicando el teléfono o el email (no ambos), se recibirá una comunicación por el sistema que se haya elegido cuando haya alguna notificación disponible por parte de la Agencia Tributaria, que os recordamos que están obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones públicas tanto las Personas Jurídicas(Sociedades Limitadas, Sociedades Anónimas, Sociedades laborales, etc) y las entidades sin personalidad jurídica (Comunidades de Bienes, Herencias Yacentes y Comunidades de Propietarios), habiéndose incluido este último grupo de entidades sin personalidad jurídica como obligados a relacionarse de manera telemática el 2 de Octubre de 2016 con la entrada en vigor de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común. Sera necesaria la identificación mediante el sistema de certificado digital tanto para el acceso a las notificaciones como para la suscripción al sistema de avisos.
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